Impago de pensión de alimentos: qué hacer y cómo reclamar

En Ruberte Abogados, somos especialistas en Derecho de Familia y acompañamos a madres y padres en situaciones difíciles como el impago de la pensión de alimentos.

Sabemos que esta situación no solo genera tensión económica, sino también una enorme carga emocional. Por eso, te ofrecemos asesoramiento legal claro, eficaz y cercano para ayudarte a reclamar lo que te corresponde y proteger a tus hijos.

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¿Qué se considera impago de la pensión de alimentos?

El impago o retraso continuado de la pensión de alimentos es una infracción grave que puede tener consecuencias legales importantes. Se produce cuando uno de los progenitores incumple con su obligación de contribuir económicamente al sustento de sus hijos, tal y como lo establece una resolución judicial.

La pensión de alimentos es una obligación legal recogida en el artículo 142 y siguientes del Código Civil y, en caso de impago reiterado, puede conllevar responsabilidad penal (artículo 227 del Código Penal).

Qué puedo hacer si no me pagan la pensión de alimentos

En Ruberte Abogados te guiamos paso a paso

1. Reclamación amistosa (opcional)
Si lo consideras oportuno, podemos ayudarte a enviar un requerimiento previo para intentar resolver la situación sin acudir a los tribunales.

2. Ejecución de sentencia (vía civil)
Es la vía más habitual. Se presenta una demanda de ejecución para exigir el pago de las cantidades adeudadas. El juzgado puede:

  • Embargar nóminas, cuentas bancarias, devoluciones de Hacienda o bienes del deudor.
  • Imponer intereses de demora.

3. Vía penal (cuando hay impago reiterado)
Cuando el progenitor deja de pagar durante al menos dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos, se puede presentar una querella penal por abandono de familia.

  • Puede conllevar multa o incluso pena de prisión.
  • Es especialmente útil si el deudor actúa con mala fe o tiene ingresos ocultos.

4. Inscripción en el Registro de Impagados Judiciales (RIJ)
Desde 2022, los jueces pueden incluir al deudor en este registro oficial, lo que afecta gravemente a su solvencia financiera y acceso a créditos.

 

CONSULTA ONLINE

Puedes concertar cita para consulta telefónica o por videoconferencia. El coste de la consulta es de 60 euros.

Consecuencias legales del impago

El impago de la pensión de alimentos no es opcional ni puede suspenderse por decisión unilateral. Entre las consecuencias más frecuentes:

  • Embargo de bienes y cuentas.
  • Inclusión en listas de morosos judiciales.
  • Multas o prisión en casos graves.
  • Daños en la relación parental o suspensión del régimen de visitas en algunos casos extremos.

 

Casos reales que atendemos en el despacho

En Ruberte Abogados hemos asesorado y representado a cientos de clientes en procedimientos relacionados con la pensión de alimentos. Estos son algunos de los casos reales y frecuentes que gestionamos:

  • Madre que no recibe ninguna mensualidad desde hace más de 3 meses.
  • Padre que paga parcialmente o fuera de plazo, generando inestabilidad económica.
  • Progenitor obligado que alega informalmente que no puede pagar pero no solicita modificación legal.
  • Casos en los que hay que reclamar judicialmente pensiones impagadas, con posibilidad de ejecución forzosa.

Cuando acudir a un abogado

Si estás en alguna de las siguientes situaciones, es momento de buscar asesoramiento legal especializado:

  • Tu situación económica o la de tu expareja ha cambiado significativamente.
  • Tienes dudas sobre si tu hijo todavía tiene derecho a percibir pensión o si esta debería aumentar o reducirse.
  • No estás recibiendo la pensión que te corresponde, o solo una parte de ella.
  • Quieres solicitar un cambio pero no sabes cómo hacerlo ni qué documentos necesitas.
  • Hay tensiones o desacuerdos y prefieres que un abogado gestione el caso para evitar conflictos directos.
  • Necesitas presentar una demanda de modificación de medidas o ejecución de sentencia.

En Ruberte Abogados estudiamos tu caso y te asesoramos, indicando con total claridad cuál es el mejor camino a seguir.

Protege tus derechos y los de tus hijos

¿Estás sufriendo un impago de la pensión de alimentos? En nuestro despacho te escuchamos con atención, estudiamos tu caso con rigor y te proponemos una estrategia legal clara y efectiva.

Preguntas frecuentes

No. Debes solicitar una modificación judicial de medidas. El impago sin autorización puede conllevar consecuencias legales.

El plazo general es de 5 años desde el mes impagado.

Sí, siempre que la obligación de alimentos siga vigente por razones como estudios, discapacidad o dependencia económica.

Sí, los intereses de demora se aplican automáticamente si el juez los reconoce en la ejecución.

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