División de cosa común y reparto de bienes tras el divorcio

Cuando una pareja se separa, la vivienda o los bienes en común pueden convertirse en un obstáculo. ¿No hay acuerdo para vender? En Ruberte Abogados te explicamos qué es la acción de división de cosa común y cómo podemos ayudarte a resolverlo cuanto antes.

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¿Qué ocurre con los bienes comunes en un divorcio?

Cuando una pareja decide separarse o divorciarse, surge una cuestión fundamental: ¿Qué pasa con los bienes que tienen en común?
La vivienda familiar, un piso adquirido a medias, un garaje o incluso muebles y otros objetos de valor pueden estar en copropiedad.

Estos bienes no desaparecen con el divorcio. Si pertenecen a ambos, seguirán siendo de los dos hasta que se alcance un acuerdo o se proceda a su división legal.

A partir de aquí existen dos caminos posibles:

Acuerdo amistoso: venta o adjudicación


La forma más sencilla y rápida de resolver esta situación es llegar a un acuerdo amistoso.

Venta del inmueble o bien común: Se pone a la venta el piso, casa, garaje o cualquier bien compartido.
El dinero obtenido se reparte entre ambos, según el porcentaje que cada uno tenga.

Adjudicación a uno de los propietarios: También puede acordarse que uno de los dos se quede con la propiedad a cambio de compensar económicamente al otro.
Por ejemplo, si uno desea quedarse con la vivienda familiar, puede comprar la mitad al otro.

El acuerdo permite evitar conflictos, ahorrar tiempo y reducir gastos judiciales.

No hay acuerdo: Necesidad de acción judicial


Sin embargo, no siempre es posible llegar a un entendimiento.

Cuando una de las partes no quiere vender, no acepta el precio propuesto o se opone a repartir el bien, es necesario recurrir a la vía judicial.

En estos casos, la acción de división de cosa común es la herramienta legal que permite solucionar el problema de manera definitiva.

A través de este procedimiento, el juez ordenará que el bien se divida o se venda, para después repartir el valor obtenido entre los propietarios.

Cuándo es necesario acudir a la acción de división de cosa común

  • Si uno de los dos no quiere vender.
  • Si uno de los dos no acepta la venta o precio propuesto.
  • Si no hay acuerdo sobre el uso de la vivienda.
  • Si alguno impide la venta o el reparto.

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Cómo se tramita la división de cosa común

Cuando no existe acuerdo para repartir un bien tras el divorcio, se puede iniciar un procedimiento judicial llamado acción de división de cosa común. El proceso es el siguiente:

Paso 1: Intento de acuerdo extrajudicial

Antes de acudir al juzgado, siempre es recomendable intentar un acuerdo amistoso.

Se negocia la venta del bien o su adjudicación a uno de los propietarios.

Si hay entendimiento, se firma un acuerdo privado o ante notario y se evita el proceso judicial.

Paso 2: Demanda de división de cosa común

Si el acuerdo no es posible, cualquiera de los copropietarios puede presentar una demanda en el juzgado.

Se solicita al juez la división del bien o, si no es divisible, su venta y posterior reparto del dinero.

Este paso garantiza que la situación se resuelva incluso si una de las partes se niega.

Paso 3: Valoración del bien y posible subasta judicial

Una vez iniciado el proceso:

Se puede solicitar una valoración del bien para conocer su precio real de mercado.

Si las partes no logran venderlo directamente, el juez ordenará su venta en subasta pública.

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Preguntas frecuentes

Sí, puedes obligar legalmente a tu expareja a vender la casa mediante la acción de división de cosa común.

Si uno de los dos se niega a vender o a repartir el bien de forma amistosa, cualquiera de los propietarios puede iniciar este procedimiento judicial.

El juez, tras analizar el caso, ordenará la división o la venta del inmueble.

Si no es posible dividir el bien físicamente (como sucede con una vivienda), se procede a su venta, normalmente mediante subasta.

El dinero obtenido se reparte de forma proporcional entre ambos.

Depende de si hay acuerdo o no.

  • Si las partes llegan a un acuerdo, el proceso puede resolverse en pocas semanas.
  • Si hay que acudir al juzgado, el procedimiento puede tardar entre 6 meses y 1 año, dependiendo de la carga del juzgado y de si es necesaria una subasta judicial.

Los gastos asociados a la venta (notaría, registro, impuestos, gastos de subasta) se descuentan del precio de venta o se reparten proporcionalmente entre los copropietarios según su porcentaje de propiedad.

Si una de las partes no quiere vender o no colabora, puedes solicitar la acción de división de cosa común.
El juez ordenará la venta y el reparto del dinero, aunque uno de los propietarios se oponga.

Sí. El hecho de que haya una hipoteca no impide que se pueda solicitar la división de la cosa común.
Sin embargo, la hipoteca deberá cancelarse en el momento de la venta, utilizando parte del dinero obtenido.

Si existe una sentencia que atribuye el uso a uno de los ex cónyuges (por ejemplo, para cuidar a los hijos), esta atribución se respeta.
Aunque la propiedad siga siendo común, la acción de división podría verse limitada hasta que finalice el derecho de uso atribuido judicialmente.

 

Liquidar la sociedad de gananciales implica repartir todos los bienes gananciales del matrimonio.

La acción de división de cosa común se utiliza cuando hay un bien concreto (por ejemplo, una casa) en copropiedad, ya sea ganancial o privativa, y no hay acuerdo para repartirlo.

Sí, para tramitar una demanda de división de cosa común ante el juzgado es obligatorio contar con abogado y procurador.

Sí. Aunque la demanda ya esté presentada, las partes pueden llegar a un acuerdo en cualquier momento antes de la subasta, lo que permite cerrar el procedimiento de forma más rápida y sencilla.

En algunos casos, si se demuestra que ha habido un perjuicio económico claro por la negativa injustificada a vender, podría reclamarse una indemnización.
Es recomendable consultar cada caso concreto para valorar su viabilidad.

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