El cambio de colegio de los hijos menores tras una separación o divorcio

¿Puedo cambiar a mi hijo de colegio si el otro progenitor no está de acuerdo?

Cuando hay una separación o divorcio con hijos, las decisiones importantes sobre su educación deben seguir tomándose de forma conjunta. Una de las más delicadas es el cambio de colegio del menor, especialmente si no existe acuerdo entre los progenitores.

Aquí te explicamos qué dice la ley, cómo actuar si no hay consenso, qué valora el juez y cómo podemos ayudarte si estás en esta situación.

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Qué dice la ley sobre el cambio de colegio

Según el artículo 156 del Código Civil, el cambio de centro escolar es una decisión que forma parte de la patria potestad, y por tanto, requiere el consentimiento de ambos progenitores, independientemente de a quién se haya atribuido la custodia.

¿Qué significa esto?

  • No puedes cambiar a tu hijo de colegio por tu cuenta si el otro progenitor no está de acuerdo.
  • Tampoco puede hacerlo el otro progenitor sin tu consentimiento, aunque tenga la custodia exclusiva.

¿Qué hacer si no hay acuerdo?

Cuando uno de los progenitores quiere cambiar al menor de centro escolar y el otro se opone, hay que acudir al juez para solicitar una autorización judicial.

Cómo se solicita la autorización judicial

Se trata de un procedimiento legal donde:

  1. Se presenta una demanda ante el juzgado de familia solicitando autorización para el cambio.
  2. Se expone por qué el cambio es necesario o beneficioso para el menor.
  3. El otro progenitor podrá oponerse y aportar sus propios argumentos.
  4. El juez puede solicitar un informe del equipo psicosocial y la opinión del menor, si tiene suficiente madurez.
  5. Finalmente, el juez dictará resolución priorizando siempre el interés del menor.

 

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Qué valora el juez para autorizar el cambio

El juez no se basa en lo que quiere uno u otro progenitor, sino en lo que beneficia al hijo/a. Estos son los criterios más habituales:

  • Arraigo del menor en su centro actual.
  • Cercanía del nuevo colegio al domicilio habitual.
  • Cambios de domicilio por razones laborales u organizativas.
  • Calidad del nuevo centro educativo.
  • Necesidades especiales del menor.
  • Opinión del menor si tiene más de 12 años o madurez suficiente.

 

Qué pasa si uno de los progenitores cambia de colegio al menor sin permiso

Cambiar al hijo de centro escolar sin el consentimiento del otro progenitor ni autorización judicial puede tener graves consecuencias legales:

  • El juez puede ordenar que vuelva al centro anterior.
  • Puede considerarse un incumplimiento de la patria potestad.
  • Incluso puede influir en futuras decisiones sobre la custodia.

Si te encuentras en esta situación, es importante actuar rápido y con asesoramiento legal.

¿Cómo podemos ayudarte?

En nuestro despacho estamos especializados en derecho de familia y llevamos años ayudando a padres y madres en situaciones como esta.

Te ayudamos a:

  • Evaluar si es viable solicitar el cambio de colegio.
  • Redactar y presentar la demanda de autorización judicial.
  • Defender tus intereses si te opones al cambio.
  • Recoger pruebas y argumentos que muestren qué es lo mejor para tu hijo.

Nuestro objetivo es ayudarte a proteger el bienestar de tu hijo con todas las garantías legales.

¿Necesitas asesoramiento legal sobre el cambio de colegio de tu hijo?

Cada caso es único. Cuanto antes consultes, más posibilidades habrá de encontrar la mejor solución para tu hijo.

Preguntas frecuentes

No. Aunque tengas la custodia, las decisiones importantes (como el cambio de colegio) deben tomarse entre ambos progenitores, salvo que tengas la patria potestad exclusiva.

Debes consultar con un abogado de inmediato. Se puede solicitar la restitución al colegio anterior y emprender acciones judiciales por vulnerar tu derecho como progenitor.

Depende del juzgado, pero puede tardar entre 3 y 6 meses. Si hay urgencia, se puede solicitar una medida cautelar.

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